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Trabajadores subcontratados

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Muchos trabajadores agrícolas son contratados para trabajar en las granjas a través de intermediarios, a menudo llamados “contratistas de mano de obra agrícola” o “jefes de cuadrilla”. Algunos de estos contratistas de mano de obra son bastante grandes y tienen subcontratistas. En algunos casos, las funciones de los contratistas de mano de obra son limitadas. Algunos transportan a los trabajadores; otros reclutan y contratan a los solicitantes de empleo; otros supervisan a los trabajadores en los campos. A veces, los empresarios agrícolas afirman que no “emplean” a ninguno de los trabajadores que recogen las cosechas en sus explotaciones, y que un contratista de mano de obra es el único “empleador” de los trabajadores agrícolas. De esta manera, algunos operadores agrícolas esperan evitar las responsabilidades que tienen los “empleadores” de pagar el salario mínimo, proporcionar entornos de trabajo seguros, ofrecer cobertura de seguro de compensación a los trabajadores y negociar de buena fe con un sindicato.

Justicia Campesina lleva muchos años trabajando contra estos abusos de diversas maneras. Fue un actor clave en la promulgación de la Ley de Protección de los Trabajadores Agrícolas Migrantes y Estacionales de 1983 (AWPA o MSPA, por sus siglas en inglés), que sustituyó a la ley de la década de 1960, la Ley de Registro de Contratistas de Trabajo Agrícola. Farmworker Justice también ha asistido en casos en todo el país que buscan responsabilizar al operador agrícola como “empleador” según la ley; por lo general, tanto el contratista de trabajo agrícola como el operador agrícola realizan las funciones que deberían significar que ambas entidades o personas son “empleadores”, es decir, que “emplean conjuntamente” a los trabajadores y son conjuntamente responsables del cumplimiento de la ley laboral.

Empresarios conjuntos

En 1997, nuestra defensa ayudó a persuadir al Departamento de Trabajo de EE. UU. para que revisara su normativa en relación con el concepto de responsabilidad del “empleador conjunto”, de modo que quedara más claro que la mayoría de las operaciones agrícolas que utilizan contratistas de mano de obra son los “empleadores conjuntos” de los trabajadores agrícolas, y conjuntamente responsables de los salarios mínimos y otras obligaciones de los empleadores.

En 1999, la UCLA Law Review publicó un artículo sobre estas cuestiones titulado “Enforcing Fair Labor Standards in the Modern American Sweatshop: Rediscovering the Statutory Definition of Employment“, del que eran coautores Bruce Goldstein, el profesor Marc Linder (Facultad de Derecho de la Universidad de Iowa), Laurence E. Norton II (de Texas RioGrande Legal Aid) y Catherine K. Ruckelshaus (directora de Litigios del National Employment Law Project). El extenso análisis abogaba por volver a entender el lenguaje de la ley, que tiene su origen en las leyes estatales sobre trabajo infantil de finales del siglo XIX. Este artículo se citó en una decisión judicial clave de 2020 sobre el empleo conjunto.